miércoles, 9 de abril de 2014

ALGUNAS MODALIDADES DE EXPORTACIÓN



SALIDA TEMPORAL DE MERCANCÍAS NACIONALES O NACIONALIZADAS



– Para ser sometidas a transformación, elaboración o reparación en el exterior o una zona franca.
– Deben ser reimportadas dentro del plazo señalado en la declaración de exportación , prorrogable por un año mas.
– Terminación de la modalidad:
• Re importación por perfeccionamiento pasivo.
• Exportación definitiva.
• Re importación en el mismo estado.


• Destrucción de la mercancía en el exterior debidamente acreditada 

EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA RE IMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

Exportación temporal para re importación en el mismo estado
– Salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas.
– Se atiende una fin específico en el extranjero.
–  reimportada sin haber experimentado modificación alguna.
– Termino de permanencia en el exterior o zona franca, no podrá ser superior a
un año, prorrogable una sola vez.
– Bienes que forman parte del patrimonio cultural de la Nación: Plazo no
superior a tres (3) años, garantía bancaria o de seguros que asegure la
reimportación.

RE EMBARQUE 


Siempre y cuando una mercancia no haya salido de Puerto
No haya operado el abandono legal.
–No hayan sometidas a ninguna modalidad de importación.
 No procede para substancias químicas controladas por el


Consejo Nacional de Estupefacientes.

EXPORTACIONES POR TRAFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES

Se incluyen correspondencia que necesita ser enviada en el menor tiempo posible, empresas como FedEx prestan este servicio
Su valor no debe exceder de dos mil dólares (US$2.000) puesto que no responder por articulos y/o productos costosos.




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